La Justicia frenó lo que hubiese sido un grave error. Es una oportunidad para repensar el modo de fortalecer la actividad hípica sin perjudicar la calidad de vida de San Isidro.
2 octubre, 2014
Solicitamos tener acceso a la habilitación del crematorio de Boulogne, y medidas urgentes contra la contaminación que causa en el barrio. Proponemos llamar a Licitación Pública.
24 octubre, 2014

Puente en calle Rivadavia.

Le solicitamos al Gobierno Municipal  que cese inmediatamente las obras comenzadas para la construcción del cruce alto nivel en calle Rivadavia y Primera Junta,  y que  recomponga el suelo y el predio al mismo estado en que se encontraban antes del comienzo de ejecución de la misma. Le solicitamos, también,  que convoque a los vecinos afectados por la obra, a fines de diagramar con la participación ciudadana necesaria, las medidas a adoptar tendientes a mejorar la saturación vehicular existente, a través de canales de descongestión con sentido Este-Oeste y viceversa, dando prioridad a los peatones y a la preservación del medioambiente y del patrimonio urbanístico y cultural del casco histórico de San Isidro

escudo

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

San Isidro, 22 de octubre de 2014

Al Honorable Concejo Deliberante:

VISTO:

Los anuncios del Departamento Ejecutivo acerca de la construcción del cruce alto nivel en calle Rivadavia y Primera Junta, el Decreto N°1224/2014 que adjudica la obra a la empresa L.E.E. INGENIERIA S.A., la Ordenanza N°8752 por la que se contrajo un empréstito para la realización de esta obra, la manifiesta oposición de los vecinos del lugar que se ven perjudicados por la misma, la ausencia de un nuevo y completo estudio de impacto ambiental, y;

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo tomó la decisión de llevar a cabo una obra, de semejante envergadura y consecuencias ambientales, vehiculares y económicas, sin haber escuchado las opiniones de los vecinos;

Que prueba de ello son la cantidad de adhesiones de los vecinos de la zona en clara oposición al proyecto y las notas por ellos presentadas ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, adjuntadas al presente en el Anexo I;

Que a las mencionadas notas el Municipio respondió a través de la entrega de un Estudio de Impacto Ambiental Urbanístico incompleto, ambiguo, contradictorio y caduco, por ser en su mayoría basado en un Estudio de Impacto Ambiental del año 2000, pero más grave aún, dio comienzo a la ejecución de las obras, tal como muestran las imágenes obrantes en el Anexo II, sin haber concluido el plazo de impugnación por parte de los vecinos afectados;

Que posteriormente por decreto, prorrogó el mismo plazo por 30 días a partir del 21 de octubre, y sin embargo las obras no se han detenido;

Que los vecinos, además de no haber recibido respuesta a las notas presentadas, han concurrido personalmente a varias reuniones con funcionarios del área, en las cuales no han sido respondidas sus preguntas e inquietudes, ni permitido el acceso a información referida a la obra que los afecta, vulnerándose, de esta manera, el Acceso a la Información Pública, amparado no solo por nuestra Constitución Nacional, sino por los Tratados Internacionales incorporados a la misma;

Que el acceso a la información ha sido nulo además, respecto de la evaluación económico-financiera, ya que a pesar de haber sido solicitado, no se les ha informado a los vecinos si ellos deberán afrontar un aumento en el pago de sus tasas municipales, como en reiteradas oportunidades ha procedido el Departamento Ejecutivo a financiar obras públicas, que debieran haber sido afrontadas con el amplio Presupuesto que dispone;

Que con respecto a los fondos para el pago del puente, cabe destacar, que según un video publicado en la página web oficial del Municipio[1], el Intendente anunciaba el 29 de Enero la construcción del puente, el cual fue puesto nuevamente en la prensa a través del diario La Nación de fecha 11 de Febrero de 2014[2], y a través de la página de prensa del Municipio[3], el 7 de marzo; anuncios todos ellos, en los que en ningún momento se hizo alusión a la necesidad de endeudar el Municipio, como terminó sucediendo el 29 de abril de 2014, a través de la Ordenanza N° 8752 que autorizó un empréstito de 25 millones de pesos para llevar a cabo esta obra y otras de menor envergadura;

Que por lo tanto no queda claro, y mucho menos para los vecinos frentistas que desconocen si habrá un aumento de sus tasas, cómo durante tres meses el Departamento Ejecutivo anunció una obra, para la cual aparentemente no contaba con los recursos;

Que como mencionáramos precedentemente, lo único que entregó la Municipalidad a los vecinos fue una Evaluación de Impacto Urbanístico, la cual merece entre otras, las siguientes consideraciones:

-Desde el comienzo se evalúa la obra en su etapa de realización y posterior puesta en marcha, sin fundamentar en momento alguno los motivos que llevan a realizar la obra ni su necesidad, urgencia o ventajas de su construcción.

-Dice analizar hacia el Oeste hasta la Autopista Panamericana y su ramal Tigre por entender que la misma constituye una barrera física equivalente a las vías del Ferrocarril Mitre y justamente son los cruces en sentido Este-Oeste, que atraviesen las vías del Ferrocarril Mitre, las vías necesarias para una mayor accesibilidad y conectividad a la Panamericana y/o Avenidas, pero no con sentido Sur-Norte o viceversa, ya que claramente atraerían, injustificadamente mayor densidad de vehículos al centro histórico, afectando el patrimonio y la tranquilidad de los habitantes.

-Se toma como base el EIA realizado en el año 2000, en el cual se habían incluido los proyectos de cruces ferroviarios en las calles España, Güemes, Pueyrredón y Paraná. No se entiende el sentido de utilizar un estudio con 15 años de antigüedad que además no tiene especificidad respecto a la obra en cuestión sino que por el contrario, de dicha evaluación solamente se toma la conclusión general: “la eliminación de cruces a nivel entre el ferrocarril y otros medios de transporte urbano constituye uno de los requerimientos necesarios para la modernización de Buenos Aires y su Área Metropolitana…”, conclusión que nada tiene que ver con el puente en cuestión.

-En ningún caso se hace alusión a la magnitud del tráfico vehicular de la calle Primera Junta en la zona del túnel, por la que circulan 5 líneas de colectivos hacia ambos sentidos y un enorme caudal de autos, motos y camiones de todo tipo, lo cual produce actualmente una enorme polución y contaminación, a la que si le agregamos el caudal de vehículos que circularían por el puente proyectado, la zona se convertiría en un serio factor de riesgo para sus habitantes más próximos, mientras la evaluación, sólo toma en cuenta como contaminantes los ruidos que se producirían durante la ejecución de la obra, pero no sus consecuencias una vez finalizada.

-Del análisis de la normativa ambiental presentada en el EIA se observa claramente que poco o nada se han tenido en cuenta las consideraciones que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley 11723 sobre Medio Ambiente establecen respecto a los derechos de las personas y su medio ambiente, y a la realización de la Evaluación y Declaración de Impacto Ambiental por parte del Municipio, la cual en este caso fue reemplazada por este documento claramente incompleto, ambiguo, contradictorio y poco específico respecto de la obra en cuestión.

-Según este documento se realizaron 70 entrevistas a vecinos, de lo cual no hay prueba alguna para poder constatar la veracidad de las mismas ni su efectiva realización. Al respecto el estudio indica que “resulta muy conveniente para la gestión incorporar la participación y opinión de los vecinos a fin de mejorar el proceso en la totalidad de sus fases” cuando lo cierto fue que los vecinos exigieron firmemente información a las autoridades a partir de las excavaciones y el traslado de material al predio donde se quiere construir el puente.

-El documento establece que el puente se encuentra ubicado en una zona de densidad media-alta en el borde del área de centralidad más importante del partido. Pero el proyecto pareciera haber sido pensado para los que ingresan al centro de San Isidro en automóvil, provenientes de otras áreas, alentando de esta manera el tránsito vehicular y el uso del transporte automotor, en lugar de priorizar al peatón, a los residentes del lugar, a la desconcentración de la saturación actual que se produce justamente en las vías perpendiculares y no, como mencionáramos en las vías Sur-Norte y viceversa.

-Respecto al objetivo específico del puente, el documento indica que “La prolongación de la calle Rivadavia busca aliviar las calles de salida del centro de San Isidro hacia Beccar”, cuando su consecuencia será justamente la contraria al agregar otra vía más que luego congestione las salidas Sur-Norte y cuando la misma calle Rivadavia en sentido hacia Beccar se corta frente a la calle España, 4 cuadras después del puente que supuestamente generará una nueva vía de salida descongestionante.

-De la memoria descriptiva provista por la Secretaría de Obras Públicas se desprende “que San Isidro se encuentra elaborando una propuesta que prioriza y propone una solución que mejorará el tránsito en el área central, mediante un plan integral de puesta en valor del espacio público que priorice al peatón por sobre el automóvil. La propuesta incluye el fomento de la disminución de vehículos, mediante la incorporación de (…) El puente carretero de la calle Rivadavia sobre Primera Junta, se trata de un importante eje de conexión directa en sentido de salida hacia el Norte”. Ahora bien, si realmente se prioriza al peatón por sobre el automóvil, no se hace un puente carretero. Como mucho se hará un puente peatonal, una bicisenda o cualquier otro proyecto que no pretenda bajo la excusa de descongestionar, llevar a cabo una obra de supuesta desconcentración vehicular, cuando la misma calle sobre la que se proyecta, como dijimos, finaliza 4 cuadras después.

-El mismo documento presenta en un cuadro la comparación de los niveles de tránsito en las horas pico para la situación actual y el proyectado con el puente construido. Del mismo se extrae que la calle Rivadavia aumentará 4 veces el caudal vehicular, E. Díaz casi el doble, Chile quedará casi igual, lo mismo Héroes de Malvinas. Evidentemente el incremento de tránsito que se genere afectará de manera directa a los vecinos de la calle Rivadavia y más aún a los que ya sufren el enorme caudal de tránsito que existe en Primera Junta entre J. J. Díaz y Centenario. Una vez más, ¿cuál sería el sentido de cuadruplicar el tránsito vehicular en una calle que se corta a las 4 cuadras siguientes?

-A estas consideraciones debemos agregarle las consecuencias del aumento cuadruplicado de contaminación sonora, de afectación de los inmuebles por mayores vibraciones a las que ya vienen soportando, el aumento del tránsito pesado, que a falta de control municipal circula libremente por estas calles a pesar de la prohibición de hacerlo y que a causa de la imposibilidad de colocar ni antes ni después ni en medio del puente carretero barrera aérea alguna, aumentará aún más.

-Es importante destacar que el Punto 10, que figura en el contenido y que es el punto central de la Evaluación presentada por la Municipalidad, no se encontraba en ninguno de los discos compactos (Cds) entregados a los vecinos; recién esta semana les fue entregado un supuesto nuevo EIA, el cual se trata del mismo que el anterior sólo que en esta oportunidad sí incluye el punto 10; todo lo cual no hace más que reforzar la necesidad de aprobar la presente Comunicación, ya que el accionar tardío del Municipio ratifica que las obras fueron ejecutadas en medio de un procedimiento totalmente irregular.

Que teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas respecto al documento que la Municipalidad entregó como supuesta EIA, sumado al rechazo unánime y contundente de los vecinos, no se encuentra motivo suficiente para que el Departamento Ejecutivo insista en llevar a cabo una obra que carece de justificación alguna, al menos desde el punto de vista urbanístico, social, ambiental y territorial;

Que sin embargo, el Intendente Posse no es la primera vez que intenta construir este puente carretero sin sentido alguno, ya que en el año 2008, por Decreto N° 4 del B.O. N° 754, el Departamento Ejecutivo llamó a Licitación Pública, publicada en el B.O. de la Provincia de Buenos Aires[4], que luego no fue concretado; lo mismo había sucedido en los años anteriores, incluyendo en cada Presupuesto, una partida de gastos para la construcción del puente, que misteriosamente nunca fue construido, ni tampoco se sabe acerca del destino de los fondos que por esos años, se destinaban a la construcción del mismo, en el caso del año 2008, tal como reza su Decreto, los fondos alcanzaban la cifra de $ 1.426.900;

Que en esta oportunidad, que motiva el rechazo de los vecinos por los motivos mencionados y es objeto de la presente Comunicación, llama la atención además, el hecho de que a diferencia de los años anteriores en que el puente no se construía, en esta oportunidad en la que el Intendente parece empecinado a realizarlo, la Licitación fue PRIVADA, a partir de dividir la obra en etapas resultando los montos inferiores a los requeridos para que el llamado a Licitación sea público ($702.000), generando de esta manera, un desdoblamiento en pos de evitar una Licitación transparente, cuando en el 2008 se llamó a Licitación Pública por el total de la obra porque justamente,  jamás fue comenzada;

Que de esta forma, burlando el procedimiento de Licitaciones Públicas, el Departamento Ejecutivo por Decreto N° 1224 del 8 de Mayo del corriente, adjudicó la obra a la empresa L.E.E. INGENIERÍA S.A.;

Que resulta curioso, que la empresa L.E.E. INGENIERÍA S.A. viene siendo adjudicataria permanente de obras del Municipio desde el año 2004, obras entre las que podemos mencionar: “Reparaciones de Emergencia en calzadas de hormigón en el sector comprendido por Av. Andrés Rolón, Av. Marquez, Av. Avelino Rolón, Acceso Norte y Uruguay” por Decreto N° 2132/2004, “Reparaciones de Emergencia en calzadas de hormigón en el sector comprendido por Acceso Norte, Fondo de la Legua, Paraná, Amancio Alcorta, Sarratea y Uruguay” por Decreto N° 544/2005, “Trabajos de Excavación dentro de la zona ferroviaria en el sector del cruce bajo nivel en calle Güemes y vías del Ferrocarril Mitre” por Decreto N° 1882/2009, “Repavimentación de la calle Bulnes entre Gregoria Matorras de San Martín y Camino Real Morón a San Fernando – Avenida Intendente Scatamacchia  y las bocacalles Independencia y Godoy Cruz y Gral. Lamadrid y La Calandria” por Decreto N° 176/2010, “Repavimentación de la calle Intendente Neyer entre las calles Luis de Flores y Formosa, de la localidad de Beccar” por Decreto N° 1986/2010, “Construcción de Desagüe pluvial en la calle Monseñor Larumbe, tramo entre la calle Azcuénaga y la calle Saavedra, de la localidad de Martínez” por Decreto N° 243/2013, “Corrección de Escurrimientos Pluviales Superficiales mediante rebaje de lecho de cunetas”, por Decreto N° 1230/2013, “Apertura, pavimentación y desagüe pluvial de la calle Lima entre Entre Ríos hasta el tramo de pavimento que llega a la calle Catamarca” obra originalmente adjudicada a la empresa Reconstrucción SRL pero que por Decreto N° 1812/2014 fue adjudicada a L.E.E. INGENIERÍA S.A. como subcontratista de la misma;

Que es innegable que existe un vínculo llamativo entre el Departamento Ejecutivo y la empresa L.E.E. INGENIERÍA S.A. adjudicataria de la obra objeto del presente, no sólo a partir de las adjudicaciones mencionadas, sino especialmente desde que esta empresa fue designada como INSPECTOR TÉCNICO de las obras del PLAN FEDERAL DE VIVIENDAS, por Decreto N° 2103/05, obras que como es de público conocimiento, han sido denunciadas en varios organismos de control, incluido el Expediente tramitado en la Defensoría del Pueblo de la Nación, a causa de la inejecución de las viviendas proyectadas habiendo recibido el Municipio un total de $410 millones de pesos para las mismas, siendo L.E.E. INGENIERÍA S.A., la empresa designada por el Departamento Ejecutivo para llevar a cabo la inspección de las obras comprendidas en el referido Plan, y cuyas denuncias se encuentran actualmente en trámite;

Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

 

ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo el inmediato cese de las obras comenzadas para la construcción del cruce alto nivel en calle Rivadavia y Primera Junta y la recomposición del suelo y del predio al mismo estado en que se encontraban antes del comienzo de ejecución de la misma.

ARTÍCULO 2°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que convoque a los vecinos afectados por la obra, a fines de diagramar con la participación ciudadana necesaria, las medidas a adoptar tendientes a mejorar la saturación vehicular existente, a través de canales de descongestión con sentido Este-Oeste y viceversa, dando prioridad a los peatones y a la preservación del medioambiente y del patrimonio urbanístico y cultural del casco histórico de San Isidro.

ARTÍCULO 3°: El Honorable Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo, que a todos los efectos de las medidas que decidan adoptarse en base al artículo precedente, se lleve a cabo un Estudio de Impacto Ambiental nuevo, objetivo y orientado a los fines previamente mencionados.

ARTÍCULO 4°: El Honorable Concejo Deliberante solicita también al Departamento Ejecutivo que las soluciones que resulten del ARTÍCULO 2°, sean financiadas con parte del monto del crédito previsto para la obra original.

ARTÍCULO 5°: El Honorable Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo que los fondos excedentes sean aplicados a obras tendientes atender otras prioridades como evitar las inundaciones recurrentes que sufren los vecinos del Bajo Boulogne o de La Cava o a incrementar la seguridad en Martínez.

ARTÍCULO 6°: Los Vistos, Considerandos y Anexos son parte integrante de la presente Comunicación.

ARTÍCULO 7°: De forma.-

[1] http://sanisidro.gob.ar/san-isidro-tendra-un-nuevo-puente-sobre-el-tunel-de-primera-junta/#.VEgZYPmSz7E

[2] http://www.lanacion.com.ar/1663029-sintesis

[3] http://msiprensa.blogspot.com.ar/2008_03_02_archive.html

[4] http://www.gob.gba.gov.ar/html/gobierno/diebo/boletin/25814/licitaciones.htm

 

ANEXO I

ACÁ VAN LAS FIRMAS DE LOS VECINOS

 

 

 

ANEXO II

Fotografías tomadas en Rivadavia y Primera Junta, San Isidro, el 15 de Octubre de 2014

 Foto 1:

puente rivadavia

Foto 2:

puenet riv 2