Visto la sanción de la Ley de Expropiación del Barrio Uspallata aprobada en el Senado de la Provincia de Buenos Aires el pasado 16 de abril del corriente año, y; considerando el abandono sistemático efectuado por este Municipio en materia de infraestructura y servicios sobre estas manzanas en las que viven 62 familias solicitamos al Gobierno Municipal que proceda a:
San Isidro, 21 de abril de 2015
Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:
La sanción de la Ley de Expropiación del Barrio Uspallata -D-2679/13-14- aprobada en el Senado de la Provincia de Buenos Aires el pasado 16 de abril del corriente año, y;
CONSIDERANDO:
Que a raíz de la sanción de la norma mencionada, el Departamento Ejecutivo no podrá desalojar a los vecinos que residen en la zona, de acuerdo al intento efectuado a través de la Ordenanza N° 8806, la cual por imperio de la jerarquía de las normas que nuestro ordenamiento jurídico prevé, deviene naturalmente sin efecto;
Que por lo tanto el abandono sistemático efectuado por este Municipio en materia de infraestructura y servicios sobre estas manzanas, carece de sentido, toda vez que la Legislatura de la Provincia a través de esta Ley, ha iniciado el camino de regularización dominial, al cual el Departamento Ejecutivo debería acompañar con la correspondiente urbanización del mismo;
Que en ese sentido, resulta imperioso que el Departamento Ejecutivo, a través de las áreas correspondientes, arbitre las medidas necesarias a fines de proceder a completar la urbanización del barrio, y su integración al entorno en iguales condiciones que el resto de los vecinos:
Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante, con motivo de la sanción de la Ley de Expropiación del Barrio Uspallata -D-2679/13-14- aprobada en el Senado de la Provincia de Buenos Aires el pasado 16 de abril del corriente año, solicita al Departamento Ejecutivo que a través de las áreas competentes, arbitre las medidas necesarias a fines de proceder a:
– la pavimentación y construcción de cordón cuneta, vereda y desagües pluviales que el barrio necesita a fines de integrarlo en su entorno y permitir el acceso de vehículos, especialmente de los camiones recolectores de basura y ambulancias;
– la conexión del barrio a la red de tendido cloacal;
– la instalación de luminarias;
– la poda y corte de pastizales que han proliferado a causa del abandono antes descripto y especialmente de un cañaveral ubicado en la intersección de la calle Los Patos y Padre Acevedo;
– la correcta instalación de un poste de cableado ubicado en la calle Padre Acevedo N° 2973, que se encuentra prácticamente colgando de los cables, generando un peligro innecesario para los vecinos de la zona;
– la ampliación del recorrido de los camiones recolectores de residuos sólidos urbanos a lo largo de la calle Padre Acevedo;
-la inclusión del barrio en las tareas habituales de mantenimiento y limpieza
Artículo 2°: De forma.-