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Programa de Educación Sexual Municipal

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

Bloque Frente Renovador

 

San Isidro, 2 de octubre de 2018

Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:

La necesidad de crear programas y espacios a fin de promover la salud y el bienestar sexual de toda la comunidad; brindar acceso a diversas medidas de reducción de riesgos como los embarazos no deseados y las Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);

CONSIDERANDO:

Que resulta de suma importancia la implementación de Programas y Centros comunitarios orientados primariamente a la juventud, a fin de promover la salud y el bienestar sexual;

Que la salud sexual y el bienestar de la juventud de nuestra comunidad son de suma importancia para el futuro de nuestra sociedad;

Que la educación sexual tradicional se enseña en el hogar o en los establecimientos educativos, pero sin embargo con el aumento de la globalización, las barreras del hogar y la escuela se están desvaneciendo;

Que cada vez más jóvenes acceden a la información y el conocimiento a través de Internet, lo que puede conducir a resultados negativos en la alfabetización sexual de los mismos, ya que la información presentada en Internet no está regulada y a veces es inexacta;

 

Que la educación sexual es de fundamental importancia para que las personas puedan protegerse de los riesgos como los embarazos no deseados y las  Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);

Que UNICEF estima que en Argentina hay 98.000 personas que viven con VIH / SIDA ( https://www.unicef.org/infobycountry/argentina_statistics.html );

Que solo el 78% de las mujeres en Argentina tienen acceso a métodos anticonceptivos;

Que entre los años 2006 y 2010 las tasas de natalidad entre adolescentes aumento a 68,2%;

Que solamente la escuela y la familia resultan insuficientes para educar adecuadamente a los jóvenes sobre la educación sexual, tal como lo demuestra el aumento de las tasas de natalidad entre los jóvenes, las altas tasas de violencia sexual y las tasas estables de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);

Que resulta primordial facilitar el acceso a consultas y servicios médicos que permitan a los jóvenes vivir de manera más saludable y segura, reduciendo el riesgo de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) y embarazos no deseados;

Que asimismo el Estado debe proporcionar una cultura de conocimiento y educación, dentro como fuera del hogar;

Que es deber de los Municipios articular con las entidades y Organismos que sean necesarios a fin de asegurar una mejor calidad de vida para sus ciudadanos, preservando el derecho a la salud;

 

Por todo lo expuesto, el Bloque del Frente Renovador San Isidro solicita al Honorable Concejo Deliberante el tratamiento y sanción del siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Programa de Educación Sexual Municipal:

  • ARTÍCULO 1: Créese el “Programa Municipal para la educación sexual” que tendrá bajo su órbita los Programas existentes, como así los Programas y/o Planes a ser creados a fin de promover la salud y el bienestar sexual.
  • ARTÍCULO 2: El “Programa Municipal para la educación sexual” tendrá entre sus objetivos y funciones:
    • Apoyar y promover en coordinación con el Consejo Escolar de San Isidro, la aplicación obligatoria y la difusión de la “Ley de Educación Sexual Integral” en todos los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada.
    • Coordinar con el Consejo Escolar de San Isidro y brindar apoyo docente para la implementación en el plan de estudios de “Educación Sexual Integral” en las escuelas.
    • Proporcionar un esquema educativo y capacitación interactiva de “Educación Sexual Integral” a todos los trabajadores comunitarios que estén en contacto con los jóvenes, la policía, los trabajadores de la salud, los coordinadores de programas juveniles, etc.
    • Proporcionar fondos para programas de juventud de la comunidad para permitir la implementación de una plataforma de “Educación Sexual Integral” y proporcionar materiales de reducción de riesgos tales como preservativos y anticonceptivos.

Centro de atención de salud sexual y reproductiva:

  • ARTÍCULO 3: Créese un “Centro de Atención de Salud Sexual y Reproductiva” dedicado exclusivamente a la salud y bienestar sexual de la comunidad, en la que se pueda acceder a pruebas de embarazo, atención prenatal y postnatal, consultas de ginecología, administración de preservativos y anticonceptivos, entre otros, que funcionará dentro de los Centros de Atención Primaria y Promoción de la Salud existentes en nuestro Municipio.
  • ARTÍCULO 4: De forma.-