
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque Frente Renovador
San Isidro, 11 de septiembre de 2018
Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:
El Decreto N°1703/2016, el cual dispone que el Municipio de San Isidro operará el servicio de Estacionamiento Tarifado, desde el 1° de julio de 2016.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N°1703/2016 en su artículo 1° dispone “que el Municipio operará el servicio de Estacionamiento Tarifado en las áreas centrales de San Isidro, Acassuso y Martínez, desde el 1º de Julio de 2016 inclusive, de manera directa y hasta que se licite y adjudique el servicio”;
Que desde el 1° de julio del 2016 el Municipio de San Isidro ha tomado por si la administración directa del sistema de servicio de ; Que ya han transcurrido más de dos años sin que el Honorable Concejo Deliberante reciba ningún tipo de información acerca del funcionamiento y gestión del nuevo servicio de estacionamiento tarifado ofrecido por el Municipio,
Que corresponde que el Departamento Ejecutivo proceda a elaborar un informe integral del servicio de estacionamiento tarifado brindado actualmente y a publicarlo; Por todo lo expuesto, el Bloque del Frente Renovador San Isidro solicita al Honorable Concejo Deliberante el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
- Art. 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que brinde un informe integral en relación al funcionamiento del servicio de Estacionamiento Tarifado a cargo de la Municipalidad de San Isidro en las áreas centrales de San Isidro, Acassuso y Martínez.
- Art. 2º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que informe en relación al funcionamiento del servicio de Estacionamiento Tarifado a cargo de la Municipalidad de San Isidro:
- Cuales son los ingresos y costos del servicio brindado por la Municipalidad.
- Cual es el destino de los fondos percibidos.
- Si existe algún registro de entrega y rendición de los cospeles y/o tarjetas otorgados en los diferentes comercios.
- Que instrumento contable utilizan cuando entregan dichos cospeles y/o tarjetas.
- Cantidad de personal contratado para la prestación del servicio.
- Si tienen algún cálculo del porcentaje ( % ) de ocupación de vehículos en los estacionamientos medidos.
- Con cuantas grúas cuentan actualmente.
- Que detallen que parte de los ingresos es por venta de fichas / tarjetas y que parte por multas
- Art. 3º.- De forma.