San Isidro, 28 de agosto de 2018
La violencia de género es un antecedente básico de otras formas de violencia, la violencia se aprende y el primer lugar de aprendizaje es la familia. Desde la incorporación de las conclusiones de ‘Belen do Para’ en la Constitución Nacional se ha desarrollado en el país un importante plexo legal y normativo y se han generado algunas reformas institucionales para combatir este flagelo. Sin embargo, la nueva legislación ha significado un rompimiento de posturas culturales, prejuicios y estereotipos, que justificaban la violencia intrafamiliar, licencias para la violencia y la discriminación, que en muchos casos eran compartidas por buena parte de los aplicadores de la normativa. A pesar de estos avances la violencia de género no ha disminuido. El número de femicidios, que son la punta del iceberg, en el año 2017 fue de 295 femicidios y 26 femicidios «Vinculados» de hombres y niños. Entre el año 2008 y 2017 se registraron 2679 femicidios y a partir de ese total, 3.378 hijas e hijos -en un 66% de los casos, menores de edad- quedaron sin madre. Y es posible que estos registros que, a falta de cifras oficiales construye una ONG (Casa del
Encuentro) con los casos que aparecen en los diarios, se encuentren subregistrados.
El 70% de estos Femicidios se cometieron en el domicilio de la víctima, en el hogar que compartía o compartió con el femicida, o un nuevo hogar donde ella intentó construir un nuevo proyecto de vida. Los agresores están en el círculo afectivo y cercano de las mujeres. El 37% de los Femicidios fue cometido por esposos, pareja, novios y amantes, el 26% de los Femicidios fue cometido por ex de las tres categorías antes mencionadas, situación que explica la complejidad emocional que ocasiona en las victimas y las dificultades para pedir ayuda y romper el círculo de la violencia.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en particular y algunas instituciones nacionales y provinciales han realizado esfuerzos interesantes en el desarrollo de instrumentos legales e institucionales pero la lucha contra la violencia de género requiere de respuestas de cercanía que no pueden otorgar instituciones administrativa y físicamente lejanas a los sucesos.
VISTO: La experiencia demostrada respecto de la imprescindible acción de los municipios en las tareas de prevención y atención de las victimas desarrollando acciones propias, articulando los recursos en el territorio e impulsando el cumplimiento de las normas. Las experiencias exitosas cercanas muestran que no se requieren grandes recursos sino una férrea voluntad política y agentes capacitados y con capacidad de acción, y;
CONSIDERANDO:
Que está demostrada la ineficacia de instituciones que actúan en forma descoordinada que promueve que las víctimas deambulen desprotegidas por las diferentes instancias institucionales; Que es imprescindible que todos los agentes involucrados de todas las jurisdicciones estén capacitados para la detección temprana y la acción coordinada eliminando del repertorio la palabra derivación que, en los hechos, implica librar a una víctima fragilizada a susuerte; Que los equipos que trabajen en esta temática: psicólogos, trabajadores sociales y abogados
deben tener formación específica ligada a la complejidad y especificidad de esta forma de violencia garantizando su idoneidad mediante concursos de suscargos; Que en los casos graves de violencia las denuncias exponen a las víctimas a un alto riesgo y requieren de un lugar de amparo para ellas y sus hijos; Que la falta de recursos de la Justicia impone revictimizaciones de las víctimas, en particular en los casos de abuso sexual infantil y los delitos contra la integridad y libertad sexual; Que, y concluyendo, el Municipio de San Isidro debe implementar un plan integral y exitoso para actuar sobre estos hechos que también devienen en violencia social indiscriminada.
Por ello los Concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:
Artículo 1°: Crear el PROGRAMA MUNICIPAL de lucha contra la violencia de género, los delitos contra la integridad y la libertad sexual y el abuso sexual infantil ordenando bajo su órbita, los
programas y planes existentes Y a crearse, Municipales y de otras jurisdicciones.
a) Otorgar asistencia psicológica a las víctimas, ya sea ante la urgencia del hecho denunciado como a lo largo del proceso que requiera cada una de ellas para lograr desarrollarse individualmente e impulsar sus derechos.
b) Brindar apoyo pedagógico articulando con las instituciones educativas del lugar, para los menores involucrados.
c) Otorgar asesoramiento jurídico y legal, a requerimiento de las víctimas.
d) Estimular a las víctimas a emprender cursos de capacitación laboral, ayudándolos en la obtención de empleos remunerados a fin de lograr independencia económica.
e) Generar capacitaciones de oficios y otras actividades para que las víctimas puedan desarrollar emprendimientos propios y colaborar con el armado de ferias y/o stands donde poder colocar sus productos, en los casos en que no puedan conseguir empleos en relación de dependencia.
f) Asesoramiento y acompañamiento en el proceso de revinculación socio familiar.
g) Creación de redes sociales que fortalezcan la autoestima de las víctimas.
h) Elaboración de estadísticas e informes trimestrales a fin de evaluar en forma permanente el funcionamiento, los recursos, las demandas, la evolución de los tratamientos iniciados y los egresos positivos que se den en la institución.
i) Determinar, trimestralmente, los lineamientos técnicos a seguir, como también los objetivos,
estrategias y resultados que se pretenden alcanzar.
j) Coordinar acciones con los distintos programas de violencia familiar implementados tanto a
nivel nacional, provincial como municipal, estableciendo contactos y Coordinando los recursos
disponibles a través de organismos públicos y/o privados para afrontar el problema de la violencia
doméstica.
a) Brindar espacios transitorios para alojamiento, alimentación, control sanitario, asesoramiento jurídico, psicológico y social a víctimas de violencia familiar, a través del Equipo Interdisciplinario del Artículo 10º.
b) Acompañar a los beneficiarios en la construcción de un nuevo proyecto de vida.
c) Prevenir las consecuencias de la violencia familiar en el desarrollo integral de los niños y adolescentes.
d) Ejecutar acciones con el fin de fortalecer el vínculo materno filial, elevar la autoestima y disminuir el nivel de ansiedad de las madres y sus niños frente a la problemática de la violencia
familiar.
e) Tender a la revinculación y fortalecimiento de los lazos familiares siempre y cuando dicha situación no atente contra la integridad física y psicológica de las víctimas.
a) Integrar una central de recepción de alarmas e integrar botones de pánico móvil con localización GPS que se entregaran sólo a las víctimas que tienen excluido al agresor del hogar por la justicia, y en casos de violencia grave hasta que sedicte la medida.
b) Para las víctimas que no están judicializadas, propiciar la comunicación de la emergencia por SMSo aplicaciones para smartphone que no tiene gran costo para el Municipio.
c) Diseñar las tareas, operatoria y agentes que, desde el Municipio, recibirán los alertas y coordinaran con suspatrullas y o policía provincial, Comisaría de la Mujer, Fiscalía y área de trabajo social asignada, incluido hospital o centro de atención primaria de salud.
d) Se consideran los aspectos tecnológicos, -con herramientas no necesariamente costosas-, como un modelador de los procedimientos de alerta, atención, despacho, resolución y datos estadísticos.