Celebramos la aprobación de la “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio”, también conocida como “Ley Brisa”

Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio
6 julio, 2018
Reemplácese el contenido del Art. 46 de la Ordenanza Impositiva Anual 8965 del año 2017, promulgada para el ejercicio 2018, por la siguiente redacción: “Disponese un aumento de tasas, derechos y patentes, a que hace referencia la ordenanza impositiva en hasta un 10% anual sobre los montos vigentes al 1 de enero anualizado, siempre y cuando este incremento acumulado en el año no supere la inflación calculada por el INDEC
10 julio, 2018

Celebramos la aprobación de la “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio”, también conocida como “Ley Brisa”

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

Bloque Frente Renovador

San Isidro, 6 de Julio de 2018

Al Honorable Concejo Deliberante:

VISTO:

La “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio”, también conocida como “Ley Brisa”, aprobada el día 4 de julio del 2018 en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina.

CONSIDERANDO:

Que por unanimidad, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina le dio el 4 del corriente sanción definitiva al proyecto de “Ley de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio”, también conocida como “Ley Brisa”

Que el año pasado el Honorable Senado de la Nación le había dado media sanción al proyecto de reparación económica para estos hijos e hijas víctimas del femicidio;

Que desde el año 2008 a la actualidad hay casi 3.500 hijos e hijas que se quedaron sin sus madres porque fueron asesinadas;

Que los mismos son las víctimas colaterales de los femicidios que aun no bajan en Argentina y que en la actualidad ocurre uno cada 30 horas;

Que dicha Ley establece otorgar una reparación económica a los hijos e hijas de víctimas de femicidio y está inspirada en el caso de Daiana de los Ángeles Barrionuevo, quien fue brutalmente asesinada por su ex pareja Iván Rodríguez y cuyos hijos Elías y Tobías, gemelos de 7 años, y su hija Brisa de 3 años en ese momento, quedaron a cargo de su abuelo;

Que se llama “reparación” porque se entiende que el Estado es responsable de garantizar la salud, educación, alimentación, y una vida digna para los hijos e hijas víctimas colaterales de femicidio;

Que además, muchas de estas mujeres ya habían denunciado a estos varones por violencia de género;

Que se trata de una Ley que contempla a todo el universo de niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad cuyas madres fueron asesinadas, para ayudarlos frente a ese desamparo tan profundo;

Que en su artículo 1° la “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio” establece: “Créase el Régimen de Reparación Económica para los niños, niñas y adolescentes cuando: a) su progenitor haya sido imputado y/o procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora. b) la acción penal seguida contra su progenitor, en la causa penal donde se investigue el homicidio de su progenitora, se haya declarado extinguida por muerte”;

Que la Ley establece: “La prestación establecida en el artículo anterior, debe ser abonada por el Estado Nacional mensualmente, por un valor equivalente a un haber jubilatorio mínimo, con sus incrementos móviles establecidos en la Ley 26.417” (Art. 2);

Que asimismo la “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio” dispone que “Los niños, niñas y adolescentes son destinatarios de la reparación hasta los 21 años y subsistirá en los casos en que se declare su capacidad restringida y/o incapacidad. (…)”;

Que en la Ciudad de Buenos Aires se había aprobado la Ley el año pasado y desde hace unos meses se empezó a pagar la reparación, con el mismo fin: para que estos hijos e hijas no queden desprotegidos y el Estado garantice sus necesidades básicas;

Que el Municipio de San Isidro debe acompañar y tomar todas las medidas que resulten necesarias a fin de seguir trabajando sobre esta problemática para garantizar los derechos de la infancia y erradicar definitivamente la violencia de género de nuestra sociedad;

Por ello, los concejales abajo firmantes solicitamos el tratamiento y sanción del siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante expresa su beneplácito por la sanción de la “Ley Nacional de reparación económica para niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales de femicidio”, también conocida como “Ley Brisa”, aprobada el día 4 de julio del 2018, la cual crea un Régimen de Reparación Económica para los niños, niñas y adolescentes cuando: a) su progenitor haya sido imputado y/o procesado y/o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de su progenitora. b) la acción penal seguida contra su progenitor, en la causa penal donde se investigue el homicidio de su progenitora, se haya declarado extinguida por muerte.

Artículo 2°: A través de la Presidencia del Cuerpo, remítase copia de la presente Resolución a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires y a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires a fin de invitarlos a adherir a los términos de la misma.

Artículo 3°: Los Vistos y Considerandos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4º: De forma.