San Isidro, 7 de marzo de 2017
Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:
El derrumbe que se produjo el domingo 26 de febrero en el patio de una vivienda ubicada en la calle Pasaje Garibotti al 2200 de la Ciudad de Villa Adelina, y;
CONSIDERANDO:
Que como es de público conocimiento, una mujer de 52 años cayó en un pozo de más de 10 metros de profundidad y 5 de diámetro que se abrió repentinamente en el patio de su casa tras desarmar su pileta de lona;
Que según informaron los propios familiares y vecinos de la señora, el Municipio no se hizo presente en el lugar hasta que las cámaras de los noticieros nacionales se enteraron y llegaron al lugar;
Que a partir de la relevancia mediática que suscitó el hecho, el Municipio a través de un comunicado se solidarizó con la familia y recomendó a los vecinos “consultar con profesionales competentes en la materia”, como si lo sucedido fuera por problemas de construcción privados de esta familia y en la zona nunca hubiera habido problemas de esta naturaleza;
Que sin embargo, en el año 2002 se firmó un Convenio entre Aguas Argentinas y los gobiernos nacional y provincial para instalar miles de bombas en distintos distritos del conurbano, entre los que estaba incluido San Isidro, para ayudar a bajar el nivel de los ríos subterráneos que se encontraban a menos de 15 metros de la superficie;
Que esas bombas de achique serían colocadas bajo tierra para disminuir las napas más cercanas a la superficie conduciendo el agua por un sistema de caños también subterráneos hasta los arroyos o desagües pluviales más cercanos, justamente por los problemas que venían padeciendo al respecto, los vecinos de Villa Adelina, Bajo Boulogne, Bajo de San Isidro, La Horqueta y Beccar;
Que según informaron medios de prensa de ese entonces, el Convenio incluía un estudio integral sobre el problema;
Que por lo tanto, el Municipio no podía ignorar que en Villa Adelina las napas freáticas se encuentran elevadas por lo menos desde el año 2002 y más aún cuando los vecinos han denunciado la existencia de hundimientos y pozos, incluso algunos en la vía pública, que recién con la llegada de las cámaras de televisión nacional, acudieron a tapar;
Que si el Departamento Ejecutivo insiste en atribuir lo sucedido a problemas de contratación de poceros poco idóneos y no está enterado de las denuncias que los vecinos efectuaron, aprovechamos la ocasión de la presente para informarle de algunos que llegaron a nuestro conocimiento: hundimiento de la vereda de la calle Perito Moreno a la altura de la granja educativa, que continua por Guayaquil, Céspedes y Piedrabuena; uno de los baños de la Escuela Primaria N° 30 “José Hernández” ubicada en Perito Moreno 1980; sobre Céspedes en una vivienda parte de un comedor y de la vereda también se hundieron y un pozo abierto en la vereda de Juramento y Aráoz que a pesar de las denuncias de los vecinos recién con lo acontecido procedieron a tapar;
Que no puede continuar postergándose un estudio del suelo a especialistas en la materia y tomar medidas de prevención para evitar futuros daños irreversibles para los vecinos de la zona y controlar si las bombas del Convenio con AySA fueron colocadas y el estudio mencionado, realizado;
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que informe acerca de la instalación de bombas de achique de napas freáticas en la Ciudad de Villa Adelina y en cualquier otra zona de nuestro Distrito, por parte de la empresa AySA en relación al Convenio suscripto por esa prestadora y los gobiernos nacional y provincial en el año 2002.
Artículo 2°: El Honorable Concejo Deliberante solicita también al Departamento Ejecutivo que informe si con motivo del mencionado Convenio se llevó a cabo un estudio integral de los suelos de los barrios afectados, entre ellos Villa Adelina.
Artículo 3°: El Honorable Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo que informe las medidas de prevención adoptadas o a adoptar a raíz del cráter y la caída padecida por la vecina de la calle Pasaje Garibotti al 2200 de Villa Adelina.
Artículo 4°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que arbitre las medidas necesarias a fines de llevar a cabo un estudio pormenorizado de suelos en los alrededores al pozo mencionado en el artículo anterior, como así también respecto de zonas con hundimientos denunciadas por vecinos: vereda de la calle Perito Moreno a la altura de la granja educativa, su continuación por Guayaquil, Céspedes y Piedrabuena; uno de los baños de la Escuela Primaria N° 30 “José Hernandez” ubicada en Perito Moreno 1980; pozo en la vereda de Juramento y Aráoz.
Artículo 5°: De forma.-