San Isidro, 22 de Abril de 2016
Al Honorable Concejo Deliberante:
VISTO:
El Decreto N°3595/2015 por medio del cual se autoriza a la empresa NOROC S.A. a la construcción de un edificio con destino oficinas en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Fracción VI, Parcela 1ª; la Comunicación N°157/2014, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado inmueble se encuentra ubicado con frente a las calles Entre Ríos, Cuyo y Panamá de la Ciudad de Martínez y que tiene como antecedente una nota firmada por los vecinos respecto de un desarrollo inmobiliario que la empresa NOROC S.A. tenía proyectado realizar, que derivó en la Comunicación N°157/2014;
Que el Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Ordenamiento Urbano, respondió a la mencionada Comunicación en una nota de fecha 26 de enero de 2015 cuya copia se adjunta a la presente en el Anexo I, diciendo que “atento se trata de un predio mayor a 1 Hectárea, la misma es evaluada como Urbanización Especial No Residencial (Oficinas)” y que se evalúa la “apertura y cesión de las calles Habana y México en el marco del art. 1.2.1.1. Ap. A Inc. 11 del C.O.U. y al Decreto Ley N°8912. Asimismo, los ensanches previstos para las calles Cuyo y Entre Ríos se establecen de acuerdo al art. 1.2.4.1 Inc. 8 del Código de Ordenamiento Urbano”;
Que por lo tanto y debido a la extensión del predio, se procedió a la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental, la cual según el Decreto N°3595/2015 “fue publicada, puesta a conocimiento de los vecinos y desestimado su tratamiento al no mediar consenso entre los distintos actores involucrados en el mismo;”;
Que en este mismo Decreto el Departamento Ejecutivo dice que se trata de un edificio de menor envergadura que el anterior, “no resultando exigible el tratamiento como Urbanización Especial, y no requiriendo la presentación de una Evaluación de Impacto Ambiental;”, y nada expresa respecto de la apertura de las calles solicitadas por los vecinos;
Que sin embargo, el predio sigue siendo el mismo, es decir de 1 Hectárea, y los reclamos de los vecinos respecto del proyecto anterior continúan vigentes en este y más aún, si el Departamento Ejecutivo decide que no es necesario realizar una E. I. A. y no instrumenta algún mecanismo de consulta con los mismos, incluso en el caso de que el proyecto resulte beneficioso para el barrio, y teniendo en cuenta además de que de la omisión sobre la posibilidad de apertura de las calles se infiere que no se abrirán;
Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes solicitan el tratamiento y sanción del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que en función del Decreto N°3595/2015 por medio del cual autoriza a la empresa NOROC S.A. a construir un edificio con destino Oficinas, arbitre las medidas necesarias a fines de poner en conocimiento de los vecinos que habían efectuado reclamos respecto del proyecto anterior de la misma empresa en el mismo predio, que resultaron en la Comunicación N°157/2014 de este Cuerpo, acerca de este nuevo proyecto y del nuevo tratamiento del mismo que lo excluye de los requisitos de Urbanización Especial, de la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental y que omite referencias respecto de la apertura de las calles Habana y México respectivamente.
Artículo 2°: De forma.-